Poder para Hacer Testamento de Atanasio Málaga

Esta es una transcripción del poder para hacer su testamento que otorga Atanasio Málaga a su esposa Narcisa Rodríguez, su hermano Carlos Málaga y a Don Pablo Antonio de Rivera, este poder fue encontrado por Manuel Augusto de Ingunza Simonetti y está publicado en su obra “Los Málaga de Arequipa según los libros parroquiales”.

Al parecer, al momento de hacer este poder para que hagan su testamento, Atanasio Málaga sabía que no tenía tiempo, tan es cierto que murió al día siguiente, el primero de junio de 1786 y fue sepultado el día 2 de junio en la Recoleta.

Arequipa
Arequipa

Me imagino la incertidumbre de no saber que seria de su esposa y sus cinco hijos aún pequeños, pero lo que quizás nunca imaginó es que sus hijos llegaron a la edad adulta y dieron origen a una vasta descendencia.

Descendientes directos de Atanasio Málaga que sobresalieron en las actividades que realizaron fueron muchos, solo por nombrar los más conocidos tenemos al Caricaturista Julio Málaga Grenet, La Primera Dama Clorinda Málaga de Prado, el político y empresario Fermín Málaga Santolalla, el General del ejército Fermín Málaga Prado, la cantautora Alicia Maguiña Málaga, la deportista Natalia Málaga y muchos otros más.

No se sabe mucho sobre la vida de Atanasio Málaga, en algunos registros figura como Anastasio Málaga, tal vez por errores de los curas al momento de escribir su nombre, nació en Arequipa entre los años 1740 y 1750, de muy niño fue a vivir a Yarabamba – Arequipa, sus padres fueron Antonio Málaga y Antonia Fuentes, en 1770 se casó con Narcisa Rodríguez Rivera, también de Yarabamba, fueron padres de seis hijos, una hija murió a corta edad sobreviviendo cinco hijos una mujer y cuatro hombres.

Le tocó vivir una época muy dura, por ese tiempo fue la rebelión de Tupac Amaru, hay un estudio donde indica que su padre Antonio Málaga donó dinero para pagar la expedición que iba a hacer frente a esta rebelión (tema para un próximo artículo). En el tiempo que vivió, los españoles, como se hacían llamar ellos, tenían disputas con los indios por tierras y la familia Málaga era parte de ello.

Por los registros que están en la Iglesia de Quequeña Atanasio Málaga y su esposa tuvieron muchos ahijados tanto de bautizo como de matrimonio, pero lo que me llamó la atención es que en el último año de su vida figura como testigo en muchas partidas tanto de bautizos como matrimonios, lo que me hace pensar que pasaba mucho tiempo en la iglesia, tal vez porque ya padecía de alguna enfermedad y pedía a Dios por su curación.


ARCHIVO REGIONAL DE AREQUIPA

“Poder para testar de Dn. Anastasio Málaga a Dn. Carlos Málaga y a su esposa Da. Narcisa Rodrigues”

Escribano: Pedro de Figueroa

Protocolo Nº 315; folios: 360 a 361v.

Fecha: 30 de Mayo de 1786

En el nombre de Dios todopoderoso amén, con cuyo principio todas las cosas tienen feliz medio y dichoso fin. Sepan cuantos esta Carta de mi Poder para testar vieren, como Yo Dn. Atanasio de Málaga, vecino y natural de esta ciudad de Arequipa, hijo legítimo de Dn. Antonio Málaga y de Da. Antonia Fuentes, mis padres ya difuntos. Estando enfermo en cama de enfermedad que Dios Ntro. Señor, ha sido servido de medar, y en mi buen juicio, memoria y entendimiento natural, creyendo como firmemente creo en el misterio de la Santísima Trinidad: Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero, y en todo aquello que cree y confiesa Nuestra Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica, Romana, bajo de cuya fe y creencia protesto vivir y morir, y temiéndome de la muerte que es cosa natural a toda criatura, y deseando poner mi alma en camino de salvación, invoco para ello por mi intercesora y abogada a la serenísima Reina de los Ángeles, Santa María Madre de Dios y Señora Nuestra, para que interceda con su preciosísimo hijo me perdone mis pecados. Digo que por cuanto no sé si  la gravedad de mi enfermedad me podrá dar lugar para hacer y otorgar mi testamento, y porque mis cosas y las que tocan al descargo de mi conciencia, las tengo comunicadas con mi hermano Dn. Carlos Málaga, y con mi esposa Dña. Narcisa Rodríguez, les quiero dar Poder para testar, y poniéndolo en efecto en aquella vía y forma que mejor haya lugar en derecho, y más firme sea otorgo y conozco para esta presente Carta, y por ella que doy todo mi Poder, cumplido, bastante, el que de derecho se requiere y fuere necesario para más valer, a los dichos Dn. Carlos Málaga y a mi esposa Dña. Narcisa Rodríguez, para que en mi nombre y representando mi propia persona, hagan y otorguen mi testamento según y de la forma que les tengo comunicado, reservando en mí como reservo el declarar lo siguiente:–Primeramente, que encomiendo mi alma a Dios nuestro Señor que la crió y redimió con su preciosísima sangre, y el cuerpo a la tierra de que fue formado, y cuando Su Divina Majestad fuere servido de llevarme de esta presente vida, mando que mi cuerpo sea sepultado en la Iglesia del Convento de Nuestro Padre San Francisco o en la otra Iglesia, parte y lugar que pereciere a mis albaceas, a cuya disposición lo dejo con la demás de mi funeral.—-

Yten, dejo a las mandas forzosas de los Santos Lugares de Jerusalén y redención de cautivos, a cuatro reales a cada una de ellas, con que las aparto del derecho que puedan tener a mis bienes—- Yten mando que de mis bienes se dé una limosna de cuatro pesos para ayuda de la fábrica de la portería de dicho Convento de Nuestro Padre San Francisco, declárolo así para que conste.—-Y para cumplir y pagar este mi Poder y el testamento que en su virtud se hiciere, dejo y nombro por mis albaceas en primero lugar al dicho Dn. Carlos Málaga, en segundo a la dicha mi esposa Dña. Narcisa Rodríguez, y en tercero a Dn. Pablo Antonio de Rivera, y les doy Poder el de derecho necesario, para que entren en mis bienes, y de lo mejor y más bien parado de ellos, vendidos en almoneda o fuera de ella, cumplan y ejecuten este mi Poder y el testamento que en su virtud se hiciere.—- Y por tenedores de mis bienes, tutores y curadores de mis hijos menores, dejo y nombro a los dichos Dn. Carlos Málaga y Dña. Narcisa Rodríguez.—- Y en el remanente que quedaré y fincare de todos mis bienes, deudas, derechos y acciones, y futuras sucesiones, después de cumplido y pagado este mi Poder y el testamento que en su virtud se hiciere, dejo y nombro por mis universales herederos a Josefa, Mariano, Feliciano, Mariano e Isidro de Málaga y Rodríguez mis hijos legítimos y de la dicha mi esposa, para que hayan y hereden mis bienes con la bendición de Dios y la mía.—- Y en lo demás, los dichos mis Apoderados por ante cualesquier Escribanos Públicos o Reales, y a su falta ante la Real Justicia, hagan y otorguen el dicho mi testamento con todas las cláusulas y firmezas que les tengo comunicado, para lo cual les prorrogo todo el término que necesitaren para otorgarlo, demás del que por derecho está permitido.—- Con lo cual revoco y anulo otros cualesquier testamentos, codicilos, Poderes para testar, y otras disposiciones que antes de este mi Poder haya hecho y otorgado por escrito o de palabra, para que ninguno valga  ni haga fe en juicio ni fuera de él, salvo este mi Poder y el testamento que en su virtud se hiciere, que así uno como otro quiero se guarde y cumpla por mi última y final voluntad en aquella vía y forma que mejor haya lugar en derecho y más firme sea. Que es hecha la Carta en la ciudad de Arequipa en treinta días del mes de mayo de mil setecientos ochenta y seis años. Y el otorgante, que Yo el Escribano de su Majestad doy fe que conozco, que estaba en su entero juicio a lo que parecía y conmigo comunicó, lo otorgó y firmó, siendo testigos llamados y rogados Dn. Juan de Dios Melgar, Dn. Juan de Dios Zegarra, Dn. Pedro Nolasco Pacheco y Alejo de Valencia, presentes. —-

        Anastasio Málaga.-

    Juan de Dios Melgar.- Juan de Dios Zegarra.-

Pedro Nolasco Pacheco.-

         Alejo de Valencia.- Ante mí:

Pedro de Figueroa.-

    Escribano de Su Magestad.

En la ciudad de Arequipa, en primero día del mes de junio de mil setecientos ochenta y seis años, siendo como a las tres de la tarde de este día, en cuya mañana, como a horas de las once, falleció Atanasio Málaga, bajo la disposición del Poder para testar que se contiene en las fojas de enfrente a cuyo margen esto se escribe, ante mí el Escribano y testigos, pareció Dn. Pablo Antonio de Rivera, vecino de esta ciudad a quien doy fe que conozco, y dijo: Que por cuanto el dicho Atanasio Málaga lo nombró por su albacea en tercero lugar y respecto de que por sus muchas ocupaciones que le asisten al otorgante, no podrá ejercer el cargo de tal albacea en tercero lugar, en el caso de que hagan renuncia los nombrados en primero; por ello dijo y otorgó que se desistía del tal nombramiento y lo renunciaba y renunció en forma, para que con el otorgante no se entienda en cosa alguna de dicho albaceazgo y que los dos primeros lo ejerzan conforme a derecho. En cuyo testimonio asi lo otorgó y firmó, siendo testigos Dn. Manuel Valdivia Santallana, Dn. José Antonio Villena y Alejo Valencia, presentes. —-

Pablo Antonio de Ribera.-

Ante mí:

Pedro de Figueroa.-

        Escribano de Su Magestad.

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